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Cometras, custodios y arbitrariedades.

Un articulo de Luis Muñoz Cortés.

A inicios del mes de septiembre, una camioneta de Cometra atropelló a un anciano en la entrada de Tampico sobre la lateral del puente de un paso a desnivel, a poca distancia del aeropuerto de aquella ciudad. Ese mismo mes, un ciclista fue embestido por una camioneta blindada de la misma empresa en Tuxtla Gutiérrez. En Campeche, otro incidente vial se registró sin daños por las mismas fechas. Además, no es nada infrecuente que personal de esta empresa se enfrasque en broncas callejeras con otros conductores o paseantes debido a sus arbitrariedades y prepotencias.

Por fortuna, en los casos anteriores, las aseguradoras pagaron los daños. Sin embargo, en otro accidente que tuvo lugar en Tampico y que fue reportado el 22 de septiembre de este mismo año, los custodios intentaron huir después de haberse pasado un alto y haber lesionado a un motociclista. Fueron los vecinos enojados los que impidieron la huida de los conductores para qué elementos de tránsito pudieran llevar a cabo las averiguaciones correspondientes.

Sea como sea, los accidentes viales no son el único sello de esta empresa. También se han dado ejecuciones arbitrarias contra civiles, donde esta poderosa empresa termina moviendo sus influencias para evitar qué los responsables sean debidamente castigados.

Por poner un ejemplo, en diciembre del 2020, el dentista poblano Ulises Cabrera Mantilla fue ejecutado por una guardia de seguridad de Cometra en un confuso incidente. Aparentemente, el dentista pidió ayuda a los custodios tras haber sido víctima de un delito. Sin embargo, la empleada de seguridad le disparó sin mediar palabra, desde su vehículo. Cabe señalar que el dentista se encontraba totalmente desarmado.

Este trágico acontecimiento no solo es síntoma de la arbitrariedad con la que se manejan estas empresas de seguridad privada. También desvela una ignorancia generalizada de parte de la ciudadanía, que frecuentemente es amedrentada por los custodios bajo la falsa creencia de que estos tienen algún tipo de autoridad policial sobre los civiles, cuándo esto no es verdad, como veremos a continuación:

  1. Las empresas dedicadas al traslado de valores o a la seguridad privada existen para proteger los recursos o propiedades, materiales y humanos de una compañía, industria o comercio, dentro de los límites fijados para el desarrollo de sus funciones y que tenga bajo su custodia. Por tanto, no pueden utilizar placas metálicas, uniformes o vehículos que se parezcan a los de la policía o las fuerzas armadas.
  2. Estos agentes no pueden realizar funciones de seguridad pública. No pueden retener a nadie que no haya atentado contra la integridad o los bienes de las personas o empresas a las que prestan su servicio de custodia. En dado caso, pueden presentar a alguien ante la autoridad competente tras haberlo sorprendido en flagrante delito. Sin embargo, su atribución en este supuesto no se diferencia de la de cualquier otro civil. Tener permiso para portar armas no les otorga autoridad alguna sobre los ciudadanos no armados. Ellos también son civiles.

 

Por poner un ejemplo, los custodios pueden evitar que las personas se aproximen a los cajeros automáticos mientras se realiza alguna reparación o algún cambio de efectivo, pero no tienen potestad sobre las personas en vía pública. En teoría, no deberían apuntar con sus armas ni amenazar a civiles desarmados si estos no se acercan al área restringida. Mas aún, si el cajero se encuentra en vía pública y no adentro de la sucursal bancaria. Deben ceñirse a los protocolos correspondientes. Los custodios no son autoridades. Son civiles a quiénes se les permite portar armas para proteger valores, pero solo eso.

Cabe señalar que por ley, estas empresas no tienen permitido contratar a personas que funjan como miembros activos de la policía o de las fuerzas armadas. En teoría, tampoco tienen permitido reclutar individuos que hayan sido destituidos de esas instituciones. En la Ley de Seguridad Privada del Estado de México, tal como sucede en otras entidades, existen cláusulas adicionales destinadas a evitar conflictos de interés o de parentesco.

Habiendo dicho esto y para no faltar a la justicia, es importante mencionar que muchas de las personas que trabajan en este tipo de empresas lo hacen en condiciones de precariedad laboral. Los salarios no son altos, la capacitación no es la adecuada y la vida de los agentes peligra en cada operación.

Fuentes virtuales:

https://voxpopulinoticias.com.mx/2021/09/conductor-de-cometra-arrolla-a-sujeto-e-intenta-huir-en-matamoros/

https://sseguridad.edomex.gob.mx/seguridad_privada#:~:text=el%20link%20siguiente%3A-,Ley%20de%20Seguridad%20Privada%20del%20Estado%20de%20M%C3%A9xico,-314000%20bytes%2C%2033

https://lafuncion.mx/choferes-de-cometra-causan-percance-vial-en-tampico/

https://www.meganews.mx/campeche/conductor-de-un-camion-de-cometra-causa-accidente-en-el-centro/

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